Dando cumplimiento a la ley Orgánica de Participación Ciudadana: TITULO VII de los Presupuestos Participativos Art.67.- Del presupuesto participativo. - Es el proceso mediante el cual, las ciudadanas y los ciudadanos, de forma individual o por medio de organizaciones sociales, contribuyen voluntariamente a la toma de decisiones respecto de los presupuestos estatales, en reuniones con las autoridades electas y designadas.
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